rigen a partir del 1 de diciembre de 2022.
Se trata de cuatro resoluciones expedidas por el ministerio de Minas a través de las cuales se establecen el ingreso al productor del combustible fósil de la gasolina motora corriente y del ACPM, biocombustible para uso en motores diésel y de éstos, en zonas de frontera que
rigen a partir del 1 de diciembre de 2022.