o cuando se afectan derechos de terceros o de la colectividad. La decisión obedece a una demanda en la que se pretendía la nulidad de este acto administrativo. En ella se alegaba que esta disposición transgredía los derechos de los consumidores en tanto le imponía a la Policía actuaciones para las cuales no estaba capacitada. Para el Consejo de Estado, el Gobierno tenía competencia para expedir esta determinación que, en su criterio, no contiene temáticas que sean exclusivas de la ley. Señaló que se limitó a reglamentar el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana en torno a los comportamientos prohibidos frente al porte y tenencia de estas sustancias y no reguló en modo alguno un derecho fundamental.