nombramiento y no cumple con sus obligaciones legales, se expone a posibles sanciones”.
“Si la sociedad no cuenta con representante legal o revisor fiscal suplente, es deber del órgano social competente proceder a nombrar y registrar el nombramiento de un nuevo representante legal o revisor fiscal en la mayor brevedad posible. Si la sociedad no realiza el nuevo
nombramiento y no cumple con sus obligaciones legales, se expone a posibles sanciones”.