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SuperSociedades aclaró disposiciones sobre la liquidación de empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta

Escrito por  Nov 23, 2022

 “La cuestión relativa a la suspensión de la causal de disolución por pérdidas, contenida en el artículo 16 del Decreto 772 de 2020, estuvo dirigida precisamente a suspender temporalmente el efecto jurídico que podrían haber ocasionado las pérdidas en que hubiese incurrido una

sociedad comercial, con ocasión del aislamiento mundial por razón de la pandemia, la afectación de las cadenas de suministro, la disminución en el consumo y la consecuencial disminución de ventas. En relación con las sociedades de economía mixta, debe tenerse en cuenta que se encuentran regidas por el Código de Comercio y que, por consiguiente, la suspensión de la causal adoptada por las normas de emergencia de manera generalizada, también cobijó a este tipo de sociedades.”

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