contraprestación alguna por no existir contratos o convenios que ampararan esa actividad, situación que se produjo por cuenta de la expedición del Acuerdo Municipal No. 012 de 2010, a través del cual el Concejo de Bucaramanga impuso esa carga a las empresas de servicios públicos domiciliarios. Ese acto administrativo posteriormente fue declarado nulo por la Sección Cuarta del Consejo de Estado en sentencia del 12 de agosto de 2014, por lo que se quedó sin sustento jurídico la prestación de esos servicios de manera gratuita”.