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Para el CE se vulneraron los derechos al trabajo de un accionante, quien es un sujeto de especial protección debido a su estado de salud, al no dar cumplimiento a una sentencia que ordenó su reintegro al Ejército Nacional

Escrito por  Nov 08, 2022

“El actor ejerció un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra el Ejército Nacional a causa de la desvinculación laboral no justificada. En segunda instancia, la Subsección B de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió

sentencia del 12 de junio de 2020, en la que accedió a las pretensiones de la demanda. En el mes de octubre de 2020, el tutelante solicitó al Ministerio que cumpliera la orden de reintegro y el envío de la liquidación de pago de emolumentos. El 18 de junio de 2021 radicó demanda ejecutiva para procurar el cumplimiento de la sentencia condenatoria del 12 de junio de 2020. A pesar de que se notificó al accionado de la sentencia condenatoria proferida, la entidad no inició las gestiones administrativas para efectivizar la vinculación, reintegro y pago de emolumentos económicos adeudados”.

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Modificado por última vez en Lunes, 07 Noviembre 2022 22:16