demostrarse para acceder al empleo público en cuestión (parágrafo 1, letra b), del artículo 21 de la Ley 143 de 1994). Por el contrario, de la revisión de los documentos aportados al expediente hasta la presente etapa procesal, se advierte que la demandante cuenta con un título profesional como economista y un magíster en economía que son suficientes para acreditar el cumplimiento de las exigencias de formación académica impuestas para acceder al cargo en mención.