después del parto y la prohibición general de discriminación”.
“En el presente asunto concurren los requisitos definidos en la jurisprudencia Constitucional para la protección de la mujer gestante en el contrato de prestación de servicios. Esta protección está sustentada en el mandato de especial protección para la mujer durante el embarazo y
después del parto y la prohibición general de discriminación”.