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SSPD se pronunció sobre la suspensión de servicios cuando esta tiene como propósito el mantenimiento periódico de las redes o la realización de reparaciones técnicas

Escrito por  Oct 05, 2022

En relación con la suspensión de servicios, la SSPD dispuso que, cuando esta tenga como propósito el mantenimiento periódico de las redes o la realización de reparaciones técnicas, dicha suspensión no será considerada como falla en la prestación del servicio, y que debe estar

precedida de un aviso amplio y oportuno a los suscriptores y usuarios del servicio que van a ser objeto de la suspensión; aunado a ello, la regulación del sector de acueducto y alcantarillado prescribe que dichas suspensiones deben ser informadas a los usuarios con una antelación mínima de 24 horas.

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