1955 de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022, actualmente, pueden ser otorgados sin estar sujetos a la condición de que el consumo total del usuario no exceda en un 50% el consumo básico o de subsistencia establecido por el Gobierno Nacional.
La SSPD indicó que, de acuerdo con la normatividad vigente, los subsidios para los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible establecidos en el artículo 1 de la Ley 1428 de 2010, prorrogados por el artículo 17 de la Ley 1753 de 2015 y el artículo 297 de la Ley
1955 de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022, actualmente, pueden ser otorgados sin estar sujetos a la condición de que el consumo total del usuario no exceda en un 50% el consumo básico o de subsistencia establecido por el Gobierno Nacional.