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Corte reiteró que las parejas del mismo sexo tienen derecho a acceder, en igualdad de condiciones, a las prestaciones que contempla el Sistema General de Pensiones

Escrito por  Ago 25, 2022

“La Corte Constitucional advirtió que las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías tienen la obligación de garantizar los derechos fundamentales de sus asegurados, por lo que no pueden exigirles el cumplimiento de presupuestos distintos a los

establecidos en la normatividad vigente. Por esta razón, con independencia de la orientación sexual del solicitante, la presentación de una sentencia judicial en la que se declare la existencia de una unión marital de hecho no es un requisito para demostrar la condición de compañero o compañera permanente cuando se reclame el reconocimiento de una sustitución pensional”.

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