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Corte: alcaldía de Bucaramanga debe adelantar un procedimiento dirigido a constatar si existía, efectivamente, alguna causal para suspender a una persona de 74 años, quien fue suspendido del programa Colombia Mayor

Escrito por  Ago 25, 2022

“La Sala observó que el hecho vulnerador de los derechos fundamentales del ciudadano correspondía a la suspensión injustificada del subsidio económico otorgado por el programa Colombia Mayor a favor de este. Lo anterior, puesto que, la Alcaldía de Bucaramanga no

adelantó el procedimiento administrativo dirigido a constatar que el adulto mayor, en efecto, se encontrara incurso en la causal que dio origen al bloqueo preventivo del subsidio; el cual, debe concluir con un acto administrativo, en el que, el ente territorial excluya al beneficiario del programa, con fundamento en los motivos que sustenten dicha decisión y exija a aquel el reintegro de las sumas pagadas a las cuales no tenía derecho. En caso contrario, el ente territorial debe ordenar la reactivación del subsidio y la reanudación de los pagos respectivos”.

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