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Juzgado de Tunja negó suspensión de un acuerdo del Municipio de Siachoque, Boyacá, cuyo actor argumentó que con esta norma se cambiaba el uso del suelo que conforma el área de un polígono minero objeto de un contrato de concesión

Escrito por  Ago 16, 2022

El demandante solicitó la suspensión provisional de un Acuerdo proferido por el Concejo Municipal de Siachoque en el año 2019; el actor argumentó que “se presentó violación de los artículo 24 y 25 de la Ley 388 de 1997, pues si bien el accionante participó en la reunión

realizada en el Municipio de Siachoque vereda Tocavita, donde expresó su inconformidad y desacuerdo de cambiar el uso del suelo que conforma el área del polígono minero objeto de un contrato de concesión, lo cierto es que el Concejo de ese municipio, al proferir el acto demandado, no tuvo en cuenta lo manifestado por éste, sino que cambió el uso del suelo a suburbano (hecho que se encontraba restringido) y limitó la actividad minera haciendo más gravosa la explotación minera dentro del área del polígono”.

Para el Despacho, “de la confrontación de las normas invocadas y del contenido del acto administrativo cuyos efectos se solicita la suspensión, no se puede arribar a la convicción de su violación que haga procedente la medida cautelar solicitada, pues deberán efectuarse interpretaciones y consideraciones adicionales, circunstancias que en esta etapa procesal no se encuentran permitidas, pues las mismas provocarían prejuzgamiento. Además, de las pruebas allegadas al expediente hasta este momento, tampoco puede derivarse con certeza y sin interpretaciones propias de la sentencia, la procedencia de la medida cautelar solicitada”.

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Modificado por última vez en Lunes, 15 Agosto 2022 22:12