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A través de una tutela declarada improcedente, el CE explicó que el expresidente Iván Duque tenía atribuciones, como Primer Mandatario, de no permitir la entrada del presidente de de Venezuela a la ceremonia de posesión del presidente electo Petro

Escrito por  Ago 16, 2022

La Sala precisó que “el hecho de que el Presidente Iván Duque Márquez anuncie por medios de comunicación, su propósito de delimitar el universo de personas que puede participar en la ceremonia de posesión del presidente electo Gustavo Petro Urrego, vendría a constituir la

explicitación de una simple intención relacionada con el cumplimiento de una función constitucional que le ha sido atribuida como Jefe de Estado, de dirigir las relaciones internacionales de Colombia hasta su último día de gobierno. Una intervención del juez de tutela, como la que pretende el demandante, entrañaría una intromisión injustificada en el ejercicio de las facultades que tiene el presidente de la República”.

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Modificado por última vez en Lunes, 15 Agosto 2022 22:07