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Consejo de Estado declaró nulo acto proferido por el alcalde de San José de Cúcuta, mediante el cual nombró al Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Cúcuta S.A. E.S.P. EIS Cúcuta S.A.

Escrito por  Ago 05, 2022

 Para la Sala se encontró viciado de nulidad, el acto de elección del Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Cúcuta S. A E.S.P. E.I.S., como consecuencia de la falta de competencia del alcalde municipal de San José de Cúcuta para expedirlo y falsa motivación,

en atención al régimen normativo aplicable a la designación del gerente

Para la Sala, “la normatividad invocada por dicha autoridad municipal en el acto demandado, la decisión de realizar la designación del gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Cúcuta S.A. E.S.P por vía de decreto del alcalde municipal, parte de la aplicación indebida de las Leyes 136 de 1994 y 489 de 1998, puesto que ninguna faculta a dicho funcionario a efectuar tal nombramiento, en contravía de la remisión general que el artículo 32 de la Ley 142 de 1994 hace al derecho privado, de lo dispuesto en el artículo 19.15 de la misma ley en relación con la aplicación del Código de Comerio y, por último, del artículo 440 de este y su referencia al régimen de las sociedades anónimas”.

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Modificado por última vez en Jueves, 04 Agosto 2022 22:18