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Consejo de Estado negó demanda contra unos actos proferidos por la Dirección Territorial Norte (Barranquilla) de la SSPD, con ocasión de la reliquidación de unas facturas de energía eléctrica de un condominio en Bocagrande

Escrito por  Jul 29, 2022

La Sala observó que, de la lectura de la parte resolutiva de los referidos actos demandados, éstos no dispusieron la obligación de devolver o reintegrar los dineros facturados y cobrados, sino que el verbo rector que se utilizó fue el de “reliquidar”, esto es, hacer el ajuste formal de

las facturas a la medida de 0KW/h, por cuanto el consumo que se había realizado era “estimado” lo cual no era procedente que se hubiera generado para esos periodos, sino frente al consumo real.

La parte actora presentó diversas reclamaciones ante la empresa Electricaribe S.A. E.S.P. en atención a que las facturas de servicio eléctrico de los meses de abril de 2017 a marzo de 2019, respectivamente, fueron determinadas de acuerdo con una medición de “consumo estimado”, el cual aludieron no haber generado.

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