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Consejo de Estado anuló parcialmente varios artículos de una Ordenanza de Antioquia, que reguló el hecho generador de la estampilla sobre el consumo de licores, vinos, aperitivos y similares

Escrito por  Jul 07, 2022

“Por no determinar cuál era el acto documental gravado en el que interviniera un funcionario de la entidad territorial, la Sala anuló el aparte acusado del artículo 273 de la Ordenanza 62 de 2014, que establecía el hecho generador de la estampilla

sobre el consumo de licores, vinos, aperitivos y similares y, consecuencialmente, declaró la nulidad de las demás disposiciones parcialmente acusadas, que regulaban el recaudo y otros elementos del impuesto, al estar estructurados con base en un hecho generador ilegal, para lo cual reiteró que la declaratoria de nulidad del hecho generador del tributo genera la nulidad de los demás elementos de la obligación fiscal que se estructuren con base en el mismo”.

En razón de la declaratoria de ilegalidad parcial del artículo 273 de la Ordenanza 62 de 2014 de la Asamblea del departamento de Antioquia, que reguló el hecho generador de la Estampilla Universidad de Antioquia, de cara al tercer siglo de labor, la Alta Corte anuló parcialmente los artículos 272, 274, 275, 277 y 278 de la misma ordenanza, que regulan otros elementos del tributo, así como su sistema de recaudo, al estar estructurados con base en un hecho imponible ilegal.

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