reparación quien hubiese causado el daño.
La reparación de la acometida y del medidor corresponde al suscriptor o usuario del servicio, una vez haya expirado el período de garantía, siendo esta la regla general. Lo anterior, salvo que el daño sea imputable al prestador o a un tercero, evento en el cual, sin importar la propiedad de la acometida, deberá responder por el costo de
reparación quien hubiese causado el daño.