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Corte exhortó a la UN y a MinEducación para que realicen los estudios en orden de evaluar la viabilidad de adoptar medidas que propendan por eliminar barreras de acceso a la educación de personas en condición de discapacidad

Escrito por  Jun 10, 2022

Para la Sala, “existe una obligación de las universidades públicas de implementar acciones afirmativas, como puede ser un programa de admisión especial, dirigidas a permitir la presencia generalizada de la población en condición de discapacidad en la educación superior; los programas de admisión especial para poblaciones históricamente discriminadas, gozan de fundamento y respaldo constitucional, siempre que, en todo caso, prime el mérito académico; y la implementación de las acciones afirmativas, como por ejemplo, los programas de admisión especial, son desarrollos del derecho a la autonomía universitaria y en esa medida, deben ser adoptados únicamente por los entes académicos”.

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