La Contraloría General de la República ejerce control fiscal a los contratos que celebren sus sujetos de control fiscal, cualquiera que fuere su tipología, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 4 de la Ley 2160 de 2021. El control fiscal al contrato estatal se realiza una vez agotados los trámites administrativos de legalización de los contratos y, en tal virtud, analiza el proceso de selección para efectos de verificar el cumplimiento de los procedimientos legales y adelantar las acciones a que haya lugar.