Los gobernadores serán elegidos por la Asamblea General de Gobernadores de la FND y el resultado será comunicado al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación como Secretaría Técnica del OCAD antes del 30 de enero de cada año9. El mecanismo para la elección del representante de las instituciones técnicas, tecnológicas y universitarias del vértice de las universidades es definido por el OCAD y el de las Universidades por la Comisión Rectora en el Artículo 3.3.310 del Acuerdo Único del SGR, según el cual, la elección de los rectores de universidades públicas estará a cargo del Sistema de Universidades del Estado (SUE) y de los rectores de universidades privadas se realizará por la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN). El resultado de las elecciones deberá ser comunicado por estas organizaciones a la secretaría técnica de la Comisión Rectora dentro de los primeros diez días hábiles de marzo del año en que corresponda realizar la elección”.