Esta Ley modifica el Decreto Legislativo 491-2020 proferido durante las declaratorias de estado de emergencia económica del de COVID-19 y deroga el artículo 5 y el el artículo 6 del Decreto en mención. Artículo 5. Ampliación de términos para atender las peticiones y Artículo 6. Suspensión de términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa.