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Para el Consejo de Estado no está llamada a prosperar la excepción de desvinculación procesal de la UAESP respecto de las condiciones ambientales de recarga acuífera del Distrito Capital

Escrito por  May 13, 2022

El Despacho observó que la vinculación de la UAESP al presente trámite se dio en la condición de tercera interesada en las resultas del proceso y, en ese sentido, su intervención, “más que atender o ser la llamada a responder por las pretensiones del actor, tiene como finalidad que dicha entidad, si así lo considera pertinente, se pronuncie en relación con la controversia que

suscita en el presente trámite, en particular, frente al «Informe final de identificación de Áreas Potenciales en el Distrito Capital y Municipios aledaños, para la disposición final, con alternativas tecnológicas de aprovechamiento y/o tratamiento de residuos sólidos», suscrito por esta; documento en el cual se determinó que la zona en donde se autorizó la construcción del relleno sanitario Pradera del Antelio es una área de recarga de acuíferos, en donde, a juicio del accionante, no se puede autorizar la construcción de este tipo de proyectos”.

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