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Corte declaró que el factor de indignidad sucesoral también comprende a los parientes civiles hasta el sexto grado, inclusive

Escrito por  May 11, 2022

La Corte Constitucional declaró la exequibilidad del numeral 3 del artículo 1025 del Código Civil, modificado por el artículo 1 de la Ley 1893 de 2018, en lo relacionado con la Indignidad sucesoral, bajo el entendido de que también comprende a los parientes civiles hasta el sexto grado inclusive.

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