Entre estas se encuentran las facultades dadas a los Alcaldes Municipales o Distritales o a la autoridad de Policía del lugar y a las Corporaciones Autónomas Regionales. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.
La autoridad ambiental aclaró que el marco regulatorio en materia de ruido es amplio y se avoca desde diferentes ámbitos de lo administrativo, pues existen competencias de diferentes entidades y/o autoridades para prevenir y controlar dicho fenómeno por la incidencia en la paz y tranquilidad de la sociedad.
Entre estas se encuentran las facultades dadas a los Alcaldes Municipales o Distritales o a la autoridad de Policía del lugar y a las Corporaciones Autónomas Regionales. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.