jurídico que se debate en este proceso, porque el Juzgado Primero Penal del Circuito de Medellín ordenó a su favor la entrega de las máquinas que se perdieron”. Para la Sala, la Fiscalía General de la Nación está legitimada en la causa por pasiva, pues fue la entidad encargada de la custodia y cuidado de los bienes. “La demanda afirmó que la Fiscalía General de la Nación y el DAS incurrieron en defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, por la pérdida de las máquinas incautadas el 9 de mayo de 1996, en un proceso penal por violación a los derechos de autor en el que el juez ordenó la entrega de esos bienes a la demandante, para el pago de los perjuicios materiales causados con el delito”. La Sala decidió que la Fiscalía General de la Nación es patrimonialmente responsable por los perjuicios causados a la demandante, por el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia por la pérdida de las máquinas incautadas el 9 de mayo de 1996”.