Fue dado de alta tres horas más tarde. Días después, el paciente regresó en mal estado y falleció. “No está acreditado que el demandado hubiera violado los lineamientos o guías para el tratamiento en urgencias de patologías abdominales o que hubiera actuado con culpa grave al no haber utilizado más ayudas diagnósticas, para tener un concepto certero del mal que aquejaba al paciente”- agrega la providencia. Para la Sala, “En cuanto a la acreditación de la falla y del nexo causal, el demandante puede acudir a todos los medios de prueba, pero en materia médica cobra especial importancia el dictamen pericial y los indicios, los que además se pueden derivar de conductas procesales de las partes, como no aportar la historia clínica o hacerlo de forma incompleta, en los términos del artículo 249 CPC”.