de 2020, se da por ministerio de la ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo 772 de 2020.
De acuerdo con el concepto 220-055603-2022, el levantamiento de las medidas cautelares decretadas en los procesos ejecutivos o de cobro coactivo que recaen sobre bienes distintos a los sujetos a registro, de los deudores afectados por las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de que trata el Decreto 637 del 6 de mayo
de 2020, se da por ministerio de la ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo 772 de 2020.