En ningún caso la propina, por ser voluntaria, hará parte de la base del impuesto nacional al consumo. No serán responsables del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares a que hace referencia el numeral 3º del artículo 512-1 de Ley 2155 de 2021, , los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación - SIMPLE cuando únicamente desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas de las que trata el numeral 4º del artículo 908 del Estatuto Tributario.