conllevaría un efecto inequitativo para ese segmento de ahorradores, en los términos del parágrafo 3 del artículo 1.2.4.1.6. del Decreto 1625 del 2016”.
Para la Sala, “se evidencia que la aplicación del límite de 420 UVT mensuales para retenciones en la fuente sobre eventuales aportes a cuentas AFC y Fondos de Pensiones que superen ese límite30 restringiría los beneficios asociados a dichos aportes, respecto de la parte que exceda el límite mensual de UVT y, en esa medida, la Sala estima que la norma reglamentaria acusada
conllevaría un efecto inequitativo para ese segmento de ahorradores, en los términos del parágrafo 3 del artículo 1.2.4.1.6. del Decreto 1625 del 2016”.