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Corte se pronunció acerca de la constitucionalidad de varias normas del Código Civil, cuya exequibilidad condicionó a que se entiendan, tanto a los cónyuges como a los compañeros permanentes de las parejas heterosexuales como del mismo sexo

Escrito por  Oct 29, 2020

 Declara la exequibilidad condicionada de las expresiones “cónyuge”, “casada”, “cónyuges” y “marido y mujer”, contenidas en varios artículos del Código Civil, bajo el entendido de que estas expresiones se refieren, en igualdad de derechos y deberes, a los cónyuges y a los compañeros permanentes de las uniones maritales de hecho, tanto de parejas de distinto

sexo como de parejas del mismo sexo.

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Modificado por última vez en Jueves, 29 Octubre 2020 11:03