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SSPD aclaró disposiciones sobre los Cobros Inoportunos

Escrito por  Mar 15, 2022

Sobre los Cobros Inoportunos, la SSPD dejó claro que, al cabo de cinco meses de haber entregado las facturas, las empresas no podrán cobrar bienes o servicios que no facturaron por error, omisión, o investigación de desviaciones significativas frente a consumos anteriores. Se exceptúan los casos en que se compruebe dolo del suscriptor o usuario.

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