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Consejo de Estado negó demanda contra la Corporación Autónoma Regional de Boyacá por la pérdida de unos cultivos de truchas que se abastecían de una quebrada que, al parecer, se encontraba contaminada por el vertimiento de residuos minerales

Escrito por  Feb 23, 2022

En el presente caso, el daño atribuido al Estado es la muerte de la totalidad de las truchas cultivadas por el demandante en su establecimiento de comercio; la parte actora no acreditó el referido daño, dado que no existe prueba de la pérdida del cultivo

de peces. La Sala encuentra que la parte demandante concentró su argumentación y actividad probatoria en tratar de establecer que la supuesta pérdida de los peces habría sido consecuencia de la omisión de la entidad demandada frente al ejercicio de sus labores de control y vigilancia de la actividad minera -que habría permitido el vertimiento de desechos contaminantes a la fuente hídrica que abastecía los cultivos de trucha, pero inobservó la carga que le asistía de demostrar, con certeza, la existencia del daño.

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Modificado por última vez en Viernes, 25 Febrero 2022 08:45