fluvial y férreo, razón por la cual esta Oficina Asesora de Jurídica trasladará sus peticiones a la Subdirección de Tránsito para lo de su competencia." Así quedó dispuesto a través del presente concepto.
"Actualmente los centros de reconocimiento de conductores deberán cumplir con las condiciones y requisitos señalados para prestar el servicio. No obstante, es preciso indicar que es facultad de la Subdirección de Tránsito planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar la formulación de políticas y la regulación técnica en materia de tránsito en los modos carretero, marítimo,
fluvial y férreo, razón por la cual esta Oficina Asesora de Jurídica trasladará sus peticiones a la Subdirección de Tránsito para lo de su competencia." Así quedó dispuesto a través del presente concepto.