Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen, a menos que sea subsanable en el sitio que se detectó la infracción. Así mismo, establece que para el ingreso del vehículo al lugar de inmovilización se deberá hacer un inventario de los elementos contenidos en él y descripción del estado exterior, este mismo procedimiento se hará a la salida del vehículo.