registró la deducción, pues las cuentas de resultado se afectan cuando la inversión sea efectivamente “realizada”. Y señaló que, conforme al artículo 32-1 del E.T., según el alcance jurisprudencial de la norma, el ajuste negativo por diferencia en cambio de inversiones en acciones en sociedades subordinadas es deducible, sin que para ello se requiera que la deducción esté contabilizada en el gasto como lo exigió la DIAN, de acuerdo con la normativa contable.