El Hospital San José E.S.E. de Restrepo (Valle del Cauca) presentó recurso extraordinario de revisión en contra de la providencia de segunda instancia, con fundamento en las causales 1ª y 8ª de revisión del artículo 250 del CPACA, pues, a su juicio, al momento de emitir el fallo de segundo grado, no se conocían los documentos que acreditaban el contrato de transacción suscrito entre La Previsora S.A. compañía de seguros y la víctima directa”.