La Sala encontró que el actor desarrollaba una actividad económica lícita. la Sala reconoció y liquidó el lucro cesante padecido por el demandante durante el tiempo en el que permaneció privado de la libertad de forma injusta, esto es, desde el 1º de septiembre de 2002 hasta el 5 de septiembre de 2002, lo que equivale a 0.16 meses, con base en el salario mínimo mensual legal vigente.