“La Corporación Universidad Libre y la Empresa de Vivienda de Interés Social y Reforma urbana de Neiva -en liquidación-, celebraron un contrato de compraventa de bien inmueble por valor de $430’000.000. El pacto obligaba a la Empresa compradora a pagar el precio en dos emolumentos: $100’000.000 que fueron recibidos satisfactoriamente por la Corporación, y los restantes $330’000.000 a más tardar el 31 de diciembre de 1999. Cumplido el plazo, la compradora no honró su compromiso y ello llevó a la institución
de educación superior a demandar el incumplimiento contractual de su contraparte, el cual fue declarado junto con el pago de la suma $1.247.557.805.31 a favor de la actora, conforme a la liquidación efectuada en el fallo de primera instancia. El municipio de Neiva, que asumió las obligaciones y contingencias judiciales de la liquidada Empresa, protesta en su alzada la aplicación de la Ley 80 de 1993 para liquidar los intereses moratorios”.
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