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Corte Constitucional ordenó a Colpensiones reconocer el tiempo exigido por el demandante a quien le hacen falta cinco semanas para acceder a la pensión de invalidez y adoptar la decisión relativa a dicha prestación por sus labores como agricultor

Escrito por  Ene 07, 2022

La Corte constitucional decidió revocar las sentencias proferidas el 30 de septiembre de 2020 por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira y la emitida el 11 de agosto de 2020 por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Apía,

Risaralda, en las que se declaró improcedente la acción. En su lugar se concede el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso administrativo y a la seguridad social del demandante y ordena a Fiduagraria y a Colpensiones a adelantar las gestiones a que haya lugar para actualizar, dentro del mismo término, la historia laboral del accionante, de modo que las semanas correspondientes a los períodos de septiembre y octubre de 2014 figuren en dicha historia.

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Modificado por última vez en Martes, 28 Diciembre 2021 14:20