Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

CRA: periodos establecidos por empresas prestadoras para la suspensión de servicios debe ser de 2 períodos de facturación en el evento en que ésta sea bimestral y de 3 períodos cuando sea mensual

Escrito por  Ene 06, 2022

A través del presente concepto la CRA reiteró lo establecido en el artículo 140 de la Ley 142 de 1994 "El incumplimiento del contrato por parte del suscriptor o usuario da lugar a la suspensión del servicio en los eventos señalados en las condiciones uniformes del contrato de servicios y en todo caso en los siguientes: La falta de pago por el término que fije la entidad prestadora,

sin exceder en todo caso de dos (2) períodos de facturación en el evento en que ésta sea bimestral y de tres (3) períodos cuando sea mensual."

Descargar documento

Modificado por última vez en Lunes, 27 Diciembre 2021 13:02