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Corte ordenó Famisanar EPS que valore, a través de los profesionales de la salud adscritos a su entidad, si la agenciada requiere crema para piel diabética y una silla de ruedas o cualquier otra ayuda técnica que mejore su movilidad

Escrito por  Dic 24, 2021

 En una acción de tutela, la Corte constitucional derechos a la salud, a la vida digna y al diagnóstico, de las personas de la tercera edad. Lo anterior, porque la EPS le negó la prestación de los servicios de enfermería o auxiliar de enfermería 24 horas diarias y de transporte especial o ambulancia, así como el suministro de silla de ruedas, pañitos húmedos, crema antipañalitis, crema anti-escaras y crema para piel diabética.

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Modificado por última vez en Martes, 21 Diciembre 2021 15:28