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Corte ordenó a una empresa a realizar los ajustes de horario razonables, que permitan a su empleado el disfrute del Sabbath, como parte integral de su derecho fundamental a la libertad religiosa

Escrito por  Dic 27, 2021

La Corte Constitucional ordenó a Transportes CI S.A.S. que permita a su empleado -demandante-el disfrute del Sabbath, como parte integral de su derecho fundamental a la libertad religiosa y de cultos. Para tal fin, el empleador deberá realizar los ajustes razonables que sean necesarios, de modo que el trabajador pueda observar esta obligación religiosa, sin que ello implique el incumplimiento de las obligaciones laborales para las cuales fue contratado

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Modificado por última vez en Lunes, 27 Diciembre 2021 11:28