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“La obligación de presentar un dictamen pericial como anexo de la demanda en el proceso divisorio no afecta de manera desproporcionada el derecho de acceso a la administración de justicia”: Corte Constitucional

Escrito por  Nov 25, 2021

“El cargo primero se dirige contra el artículo 406 (parcial) del CGP, que establece que el demandante del proceso divisorio debe aportar, como anexo de la demanda, un dictamen pericial para probar el valor del bien, el tipo de división que se reclama, la partición y el valor de las mejoras”. “En tal sentido, la Sala debe determinar si la medida, que consiste en exigir que el

demandante del proceso divisorio aporte como anexo de la demanda un dictamen pericial, impone una restricción excesiva sobre la garantía prevista en el artículo 229 superior o si, por el contrario, constituye un ejercicio razonable de la actividad legislativa, dirigido a materializar los principios de celeridad y eficacia en el trámite judicial”.

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