aquellos eventos por usted descritos, siempre y cuando estén acorde con la ley.
A través del concepto 220-144006-2021 quedó claro que, le compete a esta entidad pronunciarse sobre la posibilidad legal de dar por terminado o no, un contrato celebrado entre una Empresa Obligada y su Contraparte. Por tanto, las partes tienen el derecho de incluir en sus contratos las causales de terminación que estimen pertinentes y entre ellas, las que regulen
aquellos eventos por usted descritos, siempre y cuando estén acorde con la ley.