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Publicada sentencia que declaró inconstitucional norma que permitía a cualquier entidad del orden central o descentralizada por servicios, acogerse al plazo previsto en el CGP para el pago de condenas por prestaciones económicas del SSS

Escrito por  Oct 25, 2021

El texto de la sentencia acaba de estar disponible. Se trata del Artículo 98, de la Ley 2008-2019, presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2020. El artículo declarado inexequible, dice textualmente: “La Nación, las entidades territoriales o cualquier entidad del orden central o

descentralizada por servicios condenadas judicialmente al pago de sumas de dinero consecuencia del reconocimiento de una prestación del Sistema de Seguridad Social Integral, pagarán dichas sumas con cargo a los recursos de la seguridad social en un plazo máximo de diez (10) meses contados a partir de la fecha de la ejecutoria de la sentencia, de conformidad con el artículo 307 de la Ley 1564 de 2012.”

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