Lo anterior se aplicará por solicitud de los interesados ante la respectiva entidad prestadora del servicio público. Sin excepción, siempre pagarán el valor del consumo facturado al costo del servicio. Sin embargo, durante el estado de emergencia por el COVID 19 y en concordancia con el Decreto Legislativo 799 de 4 de junio de 2020, el servicio hotelero se encuentra en el listado de los servicios que se beneficiaran de la suspensión transitoria de este pago hasta el 31 de diciembre de 2020.