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Superfinanciera: corresponde a cada entidad determinar si, bajo circunstancias particulares, los hechos que afectan la prestación regular del servicio, como situaciones de orden público, constituyen un evento de fuerza mayor o caso fortuito

Escrito por  Sep 24, 2021

Le corresponde a cada entidad financiera determinar si, bajo circunstancias particulares, los hechos que afectan la prestación regular del servicio, como situaciones de orden público, constituyen un evento de fuerza mayor o caso fortuito. De configurar efectivamente una situación de esa índole, dichas entidades se encuentran habilitadas para suspender de manera

temporal la prestación de sus servicios, lo que supondría, de ser necesario, medidas como el cierre de algunas de sus oficinas.

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