De acuerdo con el concepto, para que un proponente obtenga el puntaje de vinculación de personas con discapacidad deberá cumplir con lo previsto en el apartado 4.4 del documento base. En este contexto, debe certificar el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección,
mediante la suscripción del «Formato 8 – Vinculación de personas con discapacidad» Y también, deberá aportar el certificado del Ministerio de Trabajo en el que se acredite el número mínimo de personas con discapacidad en la planta de personal, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
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