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Corte analizó los derechos a la seguridad social en la calificación de pérdida de capacidad laboral de los miembros de la Fuerza Pública, en particular, aquellos que permanecen en servicio, con enfermedades crónicas y degenerativas, como el VIH

Escrito por  Sep 02, 2021

 La Corte advirtió a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional –DISAN EJC– acerca de su deber de garantizar el derecho a la salud del Actor. En particular, deberá asegurar que se suministren al actor los medicamentos antirretrovirales u otros fármacos que

 se requieran para el tratamiento del VIH. Además, deberá tomar las medidas adecuadas para mitigar el riesgo de contagio de COVID-19.

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Modificado por última vez en Jueves, 02 Septiembre 2021 11:31